Caso concreto: Me ha contado una persona con la que converso habitualmente, que en su apartamento que utiliza con este fin, le ha tocado el timbre a la inquilina la policía, esto ha ocurrido en la zona céntrica de Madrid, barrio Chamberi. Le han preguntado si alquila o es la propietaria y al decirles que era renta por plataforma la contactaron a la propietaria, para imponerle una sanción por no tener el registro de inquilinos que se debe informar en policía. Esto solo lleva a una multa de 300€, pero según le han dicho ellos informan del hecho a la agencia de actividades, esto puede llevar al segundo escenario.
Segundo escenario: (este es el que también se presenta por la denuncia de algún vecino) la agencia de actividades abre un expediente y hace las verificaciones del caso, (envía a la policía nuevamente), le preguntarán por que plazo esta y si tiene un contrato de alquiler. Luego la policía llama por teléfono al propietario para preguntarle si tiene licencia de alquiler turístico o si tiene un contrato que justifique la presencia del inquilino en la propiedad, busca tu anuncio en los portales de Airbnb y de Booking, y te manda una notificación sobre los hechos para que puedas presentar tu descargo. Esta intimación cuenta con las fotos de tu anuncio en las plataformas y la redacción de los hechos. Te intimarán para que presentes la licencia de actividad o presentes tu descargo. Al no presentarte o hacerlo y decir que no la tienes te harán una "clausura de actividad" y te ordenan que retires el piso del alquiler turístico. Hasta ahí es lo que yo conozco por experiencias de conocidos. Hay quienes dicen que esto conlleva una multa económica se habla de 3.000€ la primera y 30.000€ la segunda. Yo no lo he visto esto, solo he visto la clausura.
A tener en cuenta: A partir de este año la unión europea obliga a las plataformas a informar a los gobiernos sobre los movimientos que tienen los pisos de alquiler turístico, ellos recibirán noches de alquiler datos personales de los titurales e importes recibidos, aun se desconoce que uso le dará cada comunidad a esa información.
Alquileres Temporales: los contratos de renta temporal siguen estando vigentes y validos, siempre que se mencione motivo del uso, y que se aclare que no constituye vivienda habitual, el tema es que en algunos puntos se pisa con la ley Decreto 79/2014, en donde se especifica que una vivienda anunciada en un portal turístico constituiría un alquiler turístico. Pero la LAU no dice donde debe anunciarse la propiedad para que se considere un alquiler temporal, no obstante en la pagina web del ayuntamiento de Madrid se indican específicamente cuales son los puntos que se deben contemplar en el contrato de alquiler temporal para que sea considerado como tal, puedes verlo aqui. Tampoco es menor el desgaste que tiene la atención del publico respecto a la renta turística y si encargas la gestión a otra persona posiblemente tu rentabilidad termine siendo inferior que la larga estancia después del descuento de IRPF.
Una mirada de largo plazo: La cuentas no salen tan distintas entre el alquiler turístico y el de larga estancia, cuando miras los descuentos en impuestos que te deja la larga estancia en relación al alquiler turístico empiezas a evaluar que muchas veces es la mejor alternativa. El problema esta en la disponibilidad, las legislaciones rígidas hacen que los propietarios se lo piensen mucho antes de poner una propiedad en alquiler de larga estancia por los compromisos y riesgos que asume con leyes laxas a la hora de defender la propiedad privada. Tampoco es un tema menor pensar que una solución para visitar la ciudad de menos de 100€ por noche para 3/4 personas será imposible de conseguir si eliminamos esta actividad, eliminara grandes cantidades de desplazamientos de turismo interno y externo que ante el aumento de la renta para una "escapada" a Madrid, buscarán otra alternativa. Posiblemente el impacto en la actividad turística que agrupa miles de sectores de la economía será enorme.
Quizá seria hora de fomentar la construcción de viviendas protegidas, según estadisticas oficiales en Madrid se ha construido un 10% (este ultimo año 2024) de lo que se construía hace 15 años. (de 16.000 a 1.600) Mientras que la evolución de la demografía de la ciudad sube más de un 15% en el mismo periodo según cifras oficiales.
Espero que sea de utilidad para alguien que esta buscando datos esta información, en el área de contactos tienes mi wp por cualquier duda que tengas puedas dejarme tu mensaje.